• Formación del profesorado que incluya los conocimientos teóricos y prácticos referentes al desempeño de la función docente.
• Formación inicial y permanente del profesorado sobre Igualdad de Género y Coeducación.
• La formación continua, un derecho y un deber del profesorado, es responsabilidad de las Administraciones Educativas. Debe incluirse en el horario lectivo del profesorado.
• La Administración debe apostar por la formación pública, sin recurrir a la privatización ni a la externalización de los planes de formación, con una inversión económica adecuada. Recuperación de las ayudas por formación.
• Convocatoria anual de licencias por estudios y estancias en el extranjero, con el cobro íntegro de las retribuciones.
• Planificación de la Formación con la participación de representantes del profesorado, teniendo en cuenta las necesidades señaladas por los centros.
• Descentralización de la formación, que parta de las necesidades del profesorado.
• Formación presencial en los centros de trabajo.
• Formación específica para profesorado de FP.
• Convocatoria pública y transparente de las plazas para asesores y asesoras en el Centro Regional de Formación del Profesorado.
• Centros presenciales de formación del profesorado por zonas. Que den respuesta a todos los centros educativos, con especial atención a la Escuela Rural.
• Igualdad de condiciones para todo el profesorado en el acceso a la realización de cursos y acciones formativas. No a la discriminación del profesorado interino en el acceso a la formación. No a la prioridad del personal que imparte religión sobre el profesorado interino para acceder a la formación.