Formación del profesorado que incluya los conocimientos teóricos y prácticos referentes al desempeño de la función docente.


Formación inicial y permanente del profesorado sobre Igualdad de Género y Coeducación.


La formación continua, un derecho y un deber del profesorado, es responsabilidad de las Administraciones Educativas. Debe incluirse en el horario lectivo del profesorado.


La Administración debe apostar por la formación pública, sin recurrir a la privatización ni a la externalización de los planes de formación, con una inversión económica adecuada. Recuperación de las ayudas por formación.


Convocatoria anual de licencias por estudios y estancias en el extranjero, con el cobro íntegro de las retribuciones.


Planificación de la Formación con la participación de representantes del profesorado, teniendo en cuenta las necesidades señaladas por los centros.


Descentralización de la formación, que parta de las necesidades del profesorado.


Formación presencial en los centros de trabajo.


Formación específica para profesorado de FP.


Convocatoria pública y transparente de las plazas para asesores y asesoras en el Centro Regional de Formación del Profesorado.


Centros presenciales de formación del profesorado por zonas. Que den respuesta a todos los centros educativos, con especial atención a la Escuela Rural.


Igualdad de condiciones para todo el profesorado en el acceso a la realización de cursos y acciones formativas. No a la discriminación del profesorado interino en el acceso a la formación. No a la prioridad del personal que imparte religión sobre el profesorado interino para acceder a la formación.