Estabilidad laboral hasta su acceso definitivo, reflejada en un Acuerdo con las OOSS y ratificado por sufragio en el colectivo.
No a la precariedad laboral, especialmente en el abuso de contratos inferiores a media jornada.
Eliminación de cualquier tipo de discriminación entre personal interino y funcionario: maternidad, formación, reducción de jornada, .
Contrato y alta en la SS para las interinas que por incapacidad derivada del embarazo no se incorporen a su puesto de trabajo cuando les corresponda vacante/sustitución.
Cobro del verano y valoración de la experiencia para el profesorado que trabaje más de 5,5 meses con efecto retroactivo desde 2012.
Recuperar todas las causas justificadas para la situación de no disponibilidad, incluyendo estar cursando estudios y formación.
Derogación del actual RD 276/2007 de acceso a la función pública docente y negociación de un nuevo RD sin pruebas eliminatorias.
Situaciones excepcionales exigen medidas extraordinarias. Acceso a la función pública docente por concurso de méritos (Art. 61.6 TREBEP). Oposiciones con acceso diferenciado y/o preeminencia de la experiencia docente.
No al cese existiendo vacante. Estricto cumplimiento del principio de no discriminación de los trabajadores con contrato de una duración determinada (Cláusula 4 Directiva 1999/70/CE).
Oposiciones garantizando objetividad y transparencia. Temario oficial adaptado y desarrollado. Presidencia de Tribunal por sorteo como los vocales. Aumento de la optatividad.