• Derogación inmediata del Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo.
• Derogación de todas las resoluciones que establecen ratios que exceden lo establecido en la normativa general.
• Derogación inmediata del Decreto 105/2012, de 26/07/2012, por el que se establecen las ratios de alumnado por aulas en Castilla-La Mancha.
• Recuperación de los acuerdos y pactos previos al Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad como punto de partida de una verdadera negociación.
• Reducción de horario lectivo a 23 horas en Primaria y 18 en EEMM, para una recuperación real de las plantillas de los centros (y el resto de reducciones horarias por responsabilidades).
• Recuperación de los apoyos en Infantil.
• Recuperación de los 5312 puestos de trabajo perdidos desde 2012.
• Creación del derecho preferente para los puestos de Orientación.
• Conversión en plantilla orgánica de todos los puestos existentes en los centros para su oferta en los concursos de traslados.
• Conocimiento previo de las vacantes existentes en centros educativos.
• No al bloqueo de plazas de forma unilateral por parte de la Administración Educativa.
• Negociación real en la mesa de Educación de los criterios de creación y supresión de plazas. Negociación real anual con las Juntas de Personal de todas las plazas de cada provincia. No a la amortización o supresión de plazas y no al cierre de unidades.
• Negociación en Mesa Sectorial y en las Juntas de Personal de las plazas de cupo de cada centro. Inclusión de las materias optativas consolidadas para el cómputo de horas.
• Garantías de mantenimiento de los destinos definitivos alcanzados por el concurso de traslados. No a la movilidad forzosa ni a la redistribución de efectivos que contempla la LOMCE.
• No al bloqueo indiscriminado de plazas en el CGT.
• Rechazo de la adjudicación forzosa de destinos.
• Plurilingüismo: rechazo de la oferta masiva de plazas con perfil bilingüe sin un plan de formación adecuado previo, debido a la limitación de la movilidad voluntaria que implica. No a la creación de plazas con perfil bilingüe en los centros con suprimidos, amortizados o desplazados.
• Profesorado desplazado en EEMM: zonificación para no perder el derecho preferente a zona, ya que no están definidas en la actualidad (y sí en Primaria).
• Revisión en Primaria y negociación en EEMM de las zonas para el derecho preferente.
• Concurso de traslados: puntuación anual por desempeñar puestos de difícil desempeño, independientemente de la catalogación actual, así como de las modificaciones de los mismos, y del centro desde el que se concurse. (“Efecto mochila”).
• Adjudicaciones provisionales de destinos (expectativa, suprimidos, desplazados) en un acto público regional que englobe a todos los colectivos, en orden de prioridad según normativa, para posibilidad de acceder a las resultas y no tener limitación provincial para escoger plaza.
• Concurso de traslados: profesorado de EEMM no a la adjudicación de oficio a nivel regional, sino solo en la provincia escogida.
• Concursillo: no a la limitación en la participación a los adjudicatarios de plaza en adjudicaciones previas a este. Garantizar el derecho a participación de todo el profesorado.
• Comisiones de Servicio: mayor transparencia en las concesiones y adjudicaciones, participación de las OOSS en los procesos. Adjudicación de las Comisiones de Servicio humanitarias y por conciliación previas al concursillo y a las de bilingüe. En general, reducción de dichas comisiones para que no se conviertan en un “CGT encubierto”.
• Estabilidad para el profesorado en expectativa de destino de larga duración.
• Estabilidad hasta su acceso definitivo a la condición de funcionario/a de carrera, reflejado en un acuerdo negociado con las organizaciones sindicales y ratificado por el colectivo afectado.
• No a la precariedad laboral: rechazo del uso abusivo de la contratación parcial por parte de la Administración, especialmente en contratos inferiores a media jornada.
• No a la aceptación obligatoria de jornadas parciales.
• Eliminación de cualquier tipo de discriminación entre el personal interino y el personal funcionario por maternidad, lactancia, paternidad y reducción o excedencia por cuidado de hijos e hijas, así como adopción. Contrato y alta en la SS de las mujeres interinas que estén de baja por motivos relacionados en el embarazo, cuando les corresponda una vacante o sustitución.
• Reserva de la plaza adjudicada en caso de incapacidad transitoria desde el día de la incorporación hasta el alta. No al despido por bajas médicas.
• No a la puntuación en ningún baremo del tiempo trabajado impartiendo religión.
• Adelanto de las fechas de adjudicación de plazas al mes de julio.
• Vacantes por curso completo. Cobro y disfrute de las vacaciones de verano para todo el profesorado que trabaje más de 5 meses y medio, con efecto retroactivo desde 2012.
• Valoración del tiempo de experiencia incluyendo los meses de verano con efecto retroactivo desde 2012 para los procesos selectivos, sexenios, trienios, etc.
• No a la selección del profesorado interino por parte del director o directora que contempla la LOMCE.
• No al actual modelo de asignación de plazas bilingües, por culpa del actual programa de Plurilingüismo, que no contempla formación organizada por la Administración y que está generando una competición entre el profesorado.
• Adjudicación de sustituciones: habilitación de un sistema transparente para la elección de la plaza a adjudicar sin restricciones de criterios de distancia o duración del contrato para las sustituciones.
• Posibilidad de permutas.
• Cobro de los complementos específicos por parte de las personas que asumen cargos unipersonales de baja y permisos.
• Recuperar todas las causas justificadas para la situación de no disponibilidad, incluyendo estar cursando estudios y formación.
• Posibilidad de rechazar sustituciones por conciliación de la vida familiar y laboral a plazas que estén a una distancia como mínimo igual a lo establecido en las Comisiones de Servicio por conciliación de los funcionarios de carrera (que no les permita regresar a diario a sus hogares para cuidar –a la salida de su trabajo– de la/s persona/s a su cargo.
• No al MIR educativo, por suponer una doble selección sin garantía de acceso definitivo a la condición de funcionario, además de seguir precarizando las condiciones laborales del profesorado.
• Derogación del modelo actual de acceso (Real Decreto 276/07).
• Anulación de la tasa de reposición: convocatoria de todas las plazas existentes.
• Negociación de un nuevo sistema que contemple el acceso diferenciado: una vía para el profesorado interino, sin pruebas eliminatorias, donde la experiencia docente tenga carácter primordial; y otra para quienes no cuentan con experiencia docente.
• Máximas garantías de objetividad y transparencia en todo el proceso selectivo.
• En tanto que se modifica el sistema de acceso, reducción y adecuación a la práctica docente de los temarios de oposiciones.
• Nombramiento como funcionaria de carrera con la misma antigüedad que su promoción a las mujeres que, por permiso maternal o bajas relacionadas con el embarazo, hayan aplazado su periodo de prácticas.